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miércoles, 10 de septiembre de 2014

PROPUESTA DE MOCIÓN DE CARA AL ESTUDIO DE LA DEUDA MUNICIPAL PARA DETERMINAR SU LEGITIMIDAD O ILEGITIMIDAD


EL Grupo Municipal de Alternativa Sí se puede por Tenerife, al amparo del artículo 97 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, solicita que la siguiente propuesta sea admitida para su estudio por parte de la comisión informativa pertinente e incluida en el orden del día del siguiente pleno ordinario a celebrar.
Dentro del estado español, son muchos los municipios, sobre todo en Cataluña y Andalucía, que están elaborando auditorías de su deuda municipal, de cara a determinar qué volumen de dicha deuda es ilegítima. El concepto de deuda ilegítima varía dependiendo del estado en el que nos encontremos, aunque la deuda puede ser considerada ilegitima en base a los siguientes  conceptos:
El primero de ellos debe ser clasificar la deuda según su origen. Aquí podemos encontrar que los mecanismos que facilitaron el endeudamiento son causados por una fiscalidad regresiva y permisiva con el fraude fiscal y en algunos casos generados por culpa de la privatización de servicios que habían sido públicos y el sobrecoste generado por la gestión privada y por la pérdida de ingresos del estado.
También forman parte de la deuda ilegitima aquella que se genera a partir de  decisiones del gobierno que generan deudas que no benefician al interés generalEsta  deuda es contraída en detrimento de la población, para beneficio o preservación del poder de las élites, y con conocimiento de ello por parte de los acreedores. En especial aquellas deudas contraídas para financiar proyectos u procesos que generen, directa o indirectamente, impactos ambientales, de género, de desigualdad social o que en general supongan una violación de los derechos económicos sociales culturales y ambientas.
La contraída bajo amenazas o presión, o por imposición de instituciones no elegidas democráticamente o  la generada de forma fraudulenta, por la corrupción de las instituciones públicas así como aquella deuda que se genera fruto de los rescates a la banca sin el consentimiento expreso de la población de un estadoOtro tipo de clasificación que nos ayuda podría clasificar la deuda contraída según el proceso y aquí podemos encontrar aquella deuda cuya contratación contenía cláusulas abusivas o ilegales, la deuda para la que se omitió parte o la totalidad de la información relativa a su contratación o para la que actualmente no hay acceso a la información la contraída para subvencionar proyectos mal diseñados o programados que no han beneficiado a la mayoría de la población o  deudas resultantes de gastos relacionados con irregularidades cometidas por la administración en la concesión de los contratos.Para finalizar, el último concepto en el que podríamos considerar una deuda como ilegítima viene definido según  su ejecución. En primero lugar un estado de necesidad: Una situación de “peligro para la existencia de un Estado, para su supervivencia política o económica. Por otro lado, toda deuda cuyo pago de intereses devenga excesivo, impidiendo el gasto social de primera necesidad y causando el empobrecimiento de la población así como la deuda cuyo pago interfiere en la soberanía de la población puede ser considerada ilegitima. Toda deuda que ha generado vulneración de los Derechos Económicos y Sociales, Culturales y Ambientales así como el cambio fundamental de circunstancias considerándose ilegítimo el pago del sobrecoste generado por las presiones especulativas sobre la deuda soberana.Para el grupo de Sí se Puede, parte de la deuda municipal puede estar enclavada en los siguientes conceptos, sobre todo la que tiene que ver con el último préstamo de pago a proveedores a raíz de la norma del real decreto 4/2012, con lo cual podríamos considerarla ilegitima, por lo que, realizados los cambios pertinentes en la legislación actual, podríamos, llegado el caso negarnos a pagarlaPor todo lo expuesto, el Grupo Municipal de Alternativa Sí se puede por Tenerife eleva a la consideración del Pleno de la Corporación Municipal la adopción del siguiente acuerdo:Determinar, con el asesoramiento de la Plataforma Auditoría Ciudadana de la Deuda, cual es el volumen dentro de la deuda municipal que podría ser considerada ilegitima de cara a posibles acciones en el futuroPOR LO EXPUESTO,Solicito al Ayuntamiento de Buenavista que de por presentado este escrito y proceda a lo interesado


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