Por medio de la difusión de las doctrinas de los socialistas
utópicos y la vuelta de los liberales desterrados por Fernando VII, se
introduce en el país el pensamiento socialista. Generando un cierto culturismo
obrero con el Ateneo Catalán y el Fomento de las Artes como exponentes más
importantes.
El asociacionismo surge, como un medio de intentar conseguir
mejoras de toda índole.
Intentos que llevan a tres tipos de sociedades.
De previsión, con la idea de aliviar la situación del
obrero, bajo el título de <Mutualidades> (Sociedades de Socorros Mutuos).
De producción y consumo, con el fin de construir un sistema
más justo, con una mayor producción y mejor calidad, son las
<Cooperativas>.
Reivindicacionismo profesional <Sindicatos>, en clara
lucha contra el sistema capitalista y, dentro de ellos cualquier postura que
mejorara la clase obrera.
Desde el 10 de mayo de 1840 se crea en Barcelona un sinfín
de sociedades de diferentes profesiones.
Todas ellas pasan por situaciones de tolerancia en unos
momentos y, en otros, de prohibición, que se refleja en el Código Penal de
1848, que tipifica los delitos de asociación ilícita y los de alterar el precio
de las cosas (encarecer el precio del trabajo o regular sus condiciones).
¿Acaso, la historia, se está repitiendo en el Gremio de Hostelería?
Debemos entender que, dentro de la evolución del régimen
político basado en la Constitución monárquica de 1876, se diferencian dos
etapas: Hasta 1885 con Alfonso XIII. Y de 1885 a 1902, con la regencia de María
Cristina y La liberalización del sistema, reapareciendo el derecho de
asociación, autorizándose las de tipo político, los gremios, las de socorros
mutuos y las cooperativas.
En esta segunda etapa aparece la <Unión General de
Trabajadores> (UGT) del 12 al 14 de agosto de 1888, a las que acuden 44 sociedades obreras, con el fin
de dar al socialismo español una estructura sindical.
En dicho congreso se aprueban los estatutos del sindicato,
en los que se marcan ciertos objetivos, entre ellos: Mejorar las condiciones de
Trabajo. El derecho a la huelga organizada, recabando de los poderes públicos
cuantas leyes favorezcan a los intereses del trabajo tales como jornada legal
de ocho horas, fijación de un salario mínimo, igualdad de salarios para obreros
de uno y otro sexo. ¿Se cumplen estos requisitos? ¡Creo que no!.
A partir de 1966, Comisiones Obreras adquiere una situación
consolidada y no intermitente, apareciendo su primer documento: <Ante el
futuro del sindicalismo>, marcando sus dos líneas de trabajo: lucha por la
mejora del contrato de trabajo (salario, jornada, etc.) y, lucha por las
libertades sindicales y democráticas.
Desde finales de los años sesenta o comienzos de los
setenta, las organizaciones (empresas) con su desarrollo, comienzan a
considerar que no son nada sin los equipos humanos que las hacen funcionar, y
lejos de considerar a su personal como un peligroso pasivo, consideran que es
un activo más revalorizable. Ya en pleno esplendor de los Recursos Humanos
(RRHH) como tal, se reconoce al capital humano el peso y la importancia que
tiene. ¿Es eso cierto?
*AIPET
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