José Melchor Hernández Castilla
El 4 de abril
de 1609, el consejo del Estado, bajo el reinado de Felipe III, acordaba la
expulsión de los moriscos españoles, aunque algunos estudios han afirmado que
dicha expulsión no fue total, ya que muchos moriscos pudieron quedarse en
España. Así, las primeras expulsiones se publican en Valencia en septiembre de
1609; en Castilla, el 28 de diciembre de 1609; en Andalucía, el 12 de enero de
1610; y en Aragón, el 29 de mayo de 1610.
En Canarias,
la población morisca era minoritaria. No obstante, el 24 de julio de 1610, se
emite una provisión real a la Audiencia de Canarias para investigar a los
moriscos de Lanzarote y Fuerteventura, y averiguar si había algunos en Gran
Canaria, Tenerife y La Palma.
Las opiniones, en general, de los gobernantes, jueces y clérigos suele ser favorable a la estancia de los moriscos en Canarias. Así el racionero de la catedral, natural y vecino de Fuerteventura, donde fue beneficiado, Ginés Cabrera Betancor, dice que los moriscos son naturales, “que hoy son y sus padres y abuelos y ascendientes de más de cincuenta años a esta parte y sus poblaciones y principios de sus mayores”. Además, fue el encargado de realizar el censo de morisco en Fuerteventura por orden del tribunal de la santa inquisición en 1594, resultando de ello más de 300 moriscos. También, comenta, que los moriscos se habían mezclado con los cristianos viejos, cumpliendo con los preceptos cristianos, que incluso algunos de ellos eran regidores y alcaldes. Así en la declaración de Pablo María de Armas Monroy, vecino y regidor de Fuerteventura, de más de 50 años declara que había en Fuerteventura entre 55 y 60 moriscos, y unos 150 en Lanzarote. Hernando de Cabera Sanabria, de más de 55 años, afirma que los moriscos eran gente de confianza, y que defendían las islas de otros enemigos.
En Lanzarote,
la investigación de los moriscos se realizó en Teguise, y comenzó desde el 25
de octubre hasta el 12 de noviembre de 1610. Seis vecinos mayores de 40 años
testificaron que: residían en la Isla más de 150 moriscos, entre los cuales 20
ó más estaban mezclados con cristianos viejos, 15 ó 20 habían venido de
Berbería, y otros, sin especificar su número habían abrazado voluntariamente el
cristianismo, y el resto, eran descendientes, nacidos en la isla, de los
moriscos de África y repartidos con sus mujeres por la isla. Se asegura,
además, que su estancia en la isla es fundamental para la defensa de la isla.
De hecho, dichos moriscos se encontraban como gente de guerra, especialmente en
la compañía de Bartolomé Cardona. Así, en esta compañía, se encontraban
registrados 197 moriscos, todos hombres.
En Fuerteventura, se inició las investigaciones por parte del comisario del Santo Oficio a comienzos de 1612. Siendo los testigos 13 personas, entre ellos un sargento, un regidor, un alcalde mayor y un notario público, entre los 50 y 70 años. Todos están de acuerdo en que los moriscos viven como cristianos viejos, haciendo limosna y obras pías, sin diferenciarse de los demás. Y que los primeros moriscos llegaron en tiempos de la conquista, y que ayudaron a la conquista de las demás islas, como Francisco Díaz Peraza y Francisco Mateos.
También, los
moriscos casaban a sus hijos o hijas con cristianos viejos. Además, la compañía
de naturales moriscos, tanto en Lanzarote como en Lanzarote, elegía entre ellos
a sus oficiales de capitán, alférez, sargentos y cabos de escuadra; y defendían
ambas islas contra moros corsarios y herejes, como ingleses, holandeses y
flamencos. Por último, los testigos afirmaban que los moriscos de Canarias no
tenían nada que ver con los moriscos de Granada y que no había ninguno de éstos
en las islas.
Los moriscos en Canarias no fueron expulsados gracias a las gestiones del vecindario, interesado como la Audiencia de Canarias y el rey, que las islas no quedaron despobladas. No obstante, los moriscos de Canarias, para evitar situaciones parecidas, solicitaron oficialmente similar protección que los demás habitantes de las islas.
Bibliografía:
- Lobo Cabrera, Manuel (1993). “Los Moriscos de Canarias exceptuados de la Expulsión”. Universidad de Las Palmas. Biblioteca Digital, 2004. Páginas 437-442.
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