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domingo, 1 de noviembre de 2015

ASOCIACIÓN NACIONAL DE TASADORES Y PERITOS INFORMÁTICOS FORENSES

Hola.
Antes de nada, me gustaría dar las gracias a José Peraza Hernández por el buen trabajo que realiza.
Me llamo Sergio Díaz Expósito y soy el Delegado en la provincia de Tenerife, de la Asociación Nacional de Tasadores y Peritos Informáticos Forenses., Actualmente me encuentro sumergido en varios proyectos y entre uno de ellos se encuentran las Jornadas de Ciberseguridad y Delitos Informáticos, que tendrán lugar en el Mes de Diciembre en el Exc Ayuntamiento de la Orotava. Gracias a la Difusión del Diario del Valle podréis estar al Día en Ciberseguridad y Delitos Informáticos.
Debemos de concienciarnos, que el progreso tecnológico que experimenta la sociedad, supone una evolución en las formas de delinquir, dando lugar, tanto a la diversificación de los delitos tradicionales como a la aparición de nuevos actos ilícitos. Esta realidad ha originado un debate en torno a la necesidad de distinguir o no los delitos informáticos del resto.
Diversos autores y organismos han propuesto definiciones de los delitos informáticos, aportando distintas perspectivas y matices al concepto. Algunos consideran que es innecesario diferenciar los delitos informáticos de los tradicionales, ya que, según éstos se trata de los mismos delitos, cometidos a través de otros medios. De hecho, el Código Penal español, no contempla los delitos informáticos como tal.
Desde el punto de vista del derecho penal, en España no existe un capítulo o artículo dentro del Código Penal que recoja la definición de delito informático,  por lo que desde un punto de vista jurídico-penal no existe la figura de delito informático, ya que los sujetos activos que realizan dichas conductas fraudulentas mediante medios telemáticos, no lesionan ningún bien jurídico nuevo, sino que afectan a los mismos bienes jurídicos protegidos de siempre, los bienes jurídicos protegidos más comunes que se ven afectados suelen ser el patrimonio de las personas, la intimidad personal, la indemnidad sexual los menores… Por lo que el papel de los mecanismos telemáticos en este tipo de delitos es meramente instrumental.
Desde el punto de vista de un criminólogo sí existen los delitos informáticos, entendiendo como criminología la ciencia encargada del estudio de las causas del crimen, apoyándose en criterios sociológicos, psicológicos y jurídicos penales. Por lo que desde un punto de vista criminológico si existen los delitos informáticos, y serían aquellas conductas que lesionan un bien jurídico protegido de nuestro ordenamiento, mediante el uso de un medio telemático para delinquir.
Podéis encontrarme en la Red Facebook bajo el nombre Alias: Ciudadano Hombre Don

Página web: www.peritoinformaticotenerife.com

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