Desde
el área de Salud, Bienestar Social y Vivienda del Ayuntamiento de La Orotava se
ha abierto la convocatoria de las ‘Ayudas Individuales de Discapacitados y
Tercera Edad’. Las solicitudes pueden entregarse hasta el próximo 31 de marzo
en el Registro General del consistorio en horario de 8:00 a 13:30 horas, de
lunes a viernes, y los sábados de 9:00 a 10:30 y de 11:00 a 13:00 horas.
La
teniente de alcalde y concejala delegada de Asuntos Sociales, Belén González
Rodríguez, resaltó que a lo largo de 2013 se concedieron 159 ayudas, 54 a
mayores y 97 de discapacidad. En total se repartieron 49.700 euros, y para este
año se incrementa la partida a 75.000 euros.
Las
ayudas individuales para personas con discapacidad podrán ser requeridas por
personas que estén empadronadas en La Orotava y residan en el municipio. Los
solicitantes deben tener la condición legal de minusvalía y estar reconocidos
como tal por la Dirección General de Servicios Sociales del Gobierno de
Canarias. Mientras que en el caso de las ayudas individuales a mayores se
destina a personas de más de 60 años, empadronados en el municipio, y con el
requisito de que la capacidad económica de la unidad familiar no supere el
salario mínimo interpersonal vigente en este momento.
La
documentación que debe entregarse en el Registro General del Ayuntamiento es la
instancia conforme al modelo oficial en cada uno de los casos, fotocopia del
DNI del solicitante o del representante legal, una fotocopia de la
Certificación de la Minusvalía, en el caso de las ayudas a discapacitados o una
fotocopia de la cartilla de la Seguridad Social del solicitante y beneficiario
o documento análogo para las Ayudas Individuales de Tercera Edad. También deben
adjuntarse el justificante de los ingresos económicos de cada miembro de la
unidad familiar, una fotocopia de la última declaración de la Renta o
Certificado y un certificado de responsabilidad.
Las
ayudas serán tramitadas conforme a las Bases establecidas dentro de la disponibilidad presupuestaria y
pueden ser abonadas directamente al beneficiario o a su representante legal, o
de manera indirecta al profesional, proveedor, institución o centro que presta
el servicio o suministro al que se destina la ayuda, según explica la concejala
de Bienestar Social, Belén González Rodríguez.
Las
personas que ya disponen de ayudas que concedan otras instituciones de la misma
naturaleza, alcance y finalidad no podrán beneficiarse de éstas que se conceden
desde el consistorio, indicó. Aunque en casos excepcionales, podrán atenderse
hasta el complemento si las otras instituciones no han concedido la totalidad
de la ayuda solicitada, apuntó.
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